Estatuto Actual - mod. nov 2010

ESTATUTO COMISION NACIONAL PERMANENTE DE ESTUDIANTES DE AGRIMENSURA (Co.Na.P.E.A)

CO.NA.P.E.A : Comisión Nacional Permanente de Estudiantes de Agrimensura
Preámbulo: Los estudiantes de agrimensura de las universidades del país de común acuerdo declaran constituida la CO.NA.P.E.A, órgano institucional que albergara a todos los estudiantes de Agrimensura reuniéndose por voluntad propia con el objetivo de bregar por la jerarquización de la carrera, promover políticas, planes, programas y proyectos de integración entre las universidades que conforman esta comisión.


Capitulo I: Objetivos


Artículo 1: Ellos son:


a- Establecer y estrechar vínculos de colaboración, en la búsqueda de un canal de participación que posibilite el desarrollo progresivo y sostenido de todos sus miembros.

b- Fomentar la formación de agrupaciones, comisiones o centros de estudiantes de Agrimensura que sirvan de nexo para canalizar las inquietudes del estudiantado ante la CO.NA.P.E.A.
c- Colaborar en la realización de los planes de estudio tendiendo a la unificación de los mismos a nivel nacional y adaptado a las necesidades regionales.

d- Servir de canal natural de interrelación entre las distintas universidades.

e- Ser órgano asesor consultivo de la Federación Universitaria Argentina (FUA) y federaciones regionales.
f- Ser órgano asesor consultivo de la Federación Argentina de Agrimensores (F.A.D.A.).
g- Promover la capacitación a través de intercambios estudiantiles de información y de experiencias que permitan el enriquecimiento de sus miembros.

h- Conectarse con universidades y entidades afines a la Agrimensura en América Latina aportando a la problemática regional y a la solución del problema común, como así también con Universidades de distintos países para comparar programas de estudio, planes, curriculas e incumbencias y cualquier otro aporte que beneficie al desarrollo de la agrimensura en la Argentina.

Capitulo II: Estructura Orgánica


Artículo 2: Son organismos de la CO.NA.P.E.A:


a- Asamblea Ordinaria
b- Comisión Directiva


Capitulo III: Asamblea Ordinaria


Articulo 3: Atribuciones


a- Regula, convoca y fiscaliza la memoria y balance de lo actuado por la Comisión Directiva.
b- Los delegados presentes de cada universidad aprueban o desaprueban sobre lo expuesto por la Comisión Directiva.

c- Se elegirá Presidente, Director de la Comisión de Incumbencias, Director de la comisión de Asuntos académicos, Director de la Comisión de Prensa y Difusión de la Co.Na.P.E.A una Vez Finalizada la sesión de la Asamblea Ordinaria.

Articulo 4: Funciones


a- Sesionara una vez al año conjuntamente con F.A.D.A o en ocasión de algún evento relacionada con la agrimensura.
b- El presente estatuto podrá ser reformado por un quórum del 50 % de las Universidades integrantes de la CO.NA.P.E.A.
c- El quórum necesario para que sesione la asamblea será del 25% de los representantes de cada una de las Universidades integrantes de la CO.NA.P.E.A.

d- Elección de autoridades:

· Cada Cargo será elegido de manera individual y por simple mayoría

· Presidente: Cada Universidad por intermedio de sus Delegado tiene derecho a postularse o postular a alguno de los presentes para desempeñar esa función.

· Director de Comisión: Se elegirá de igual forma que el Presidente, una vez elegido este.

· Tanto El Presidente como los Directores de Comisión, podrán ser reelegidos.

·

Capitulo IV: Comisión Directiva.

Articulo 5: Constitución.

a- La Comisión Directiva quedara integrada por:

· Presidente

· Director de Comisión de Asuntos Académicos

· Director de incumbencias y Asuntos Gremiales

· Director de Prensa y Difusión

b- Cada Universidad contara con tres Delegados Titulares y tres Delegados Suplentes que poseen voz.

c- Las Universidades podrán designar más de un delegado por comisión y se reservan el derecho de no asignar delegados a las tres Comisiones.

d- En caso de que alguno de los Delegados Titulares perdieran su condición de Alumno Regular, Se Recibiera o Renunciara a sus funciones, será reemplazado por el suplente según corresponda, previa notificación a la Comisión Directiva.

e- La Comisión Directiva Estará coordinada por el Presidente de la Co.Na.P.E.A. Y en caso de ausencia del mismo, los directores de comisión acordaran quien de ellos lo reemplazará en sus funciones, debiendo notificar al Presidente lo acontecido en su ausencia.

Articulo 6: Atribuciones

a- Velar por el cumplimiento del presente estatuto.

b- Disponer la creación y coordinación de grupos de trabajo, siendo estos el conjunto de estudiantes de una o más Universidades trabajando sobre un tema o tarea especifica.

c- Servir de canal de interrelación entre las distintas Universidades del País.
d- Arbitrar los medios necesarios para evitar que se utilice a la CO.NA.P.E.A para fines distintos a los ya establecidos en el presente estatuto.
e- Servir de nexo con los Consejos y colegios Profesionales de cada región a través de sus respectivos delegados.

Articulo 7: Funciones

a- Coordinar y controlar el accionar de los grupos de trabajo.
b- Las decisiones adoptadas se consideraran por simple mayoría de los delegados presentes.
c- Las reuniones de Comisión Directiva son de carácter público y sus resoluciones serán publicadas en forma inmediata.
d- Las reuniones de Comisión Directiva se realizaran conjuntamente con las reuniones de FADA o en ocasión de realizarse un evento relacionado con la Agrimensura.

Capitulo IV

Artículo 8: Presidencia, Direcciones

· Presidente: Es el Representante oficial de la Co.Na.P.E.A, tiene voz y voto de desempate. Mantiene la Comunicación directa con las tres Comisiones y participa junto al Director de Comisión en la coordinación y organización de las reuniones de las mismas.

· Comisión de Asuntos Académicos y de Capacitación: Atenderá propuestas de mejoras educativas, comparación de planes de estudios, análisis de estado de cada facultad, problemas de cátedras, etc. También se encargara de la coordinación y planificación de jornadas, eventos, congresos, cursos, charlas, etc.

· Comisión de Incumbencias y Asuntos Gremiales: Se encargara de atender las cuestiones relacionadas con las incumbencias, coordinando con FADA y los Colegio locales actividades en conjunto que tiendan a defender los intereses en común.

· Comisión de Prensa y Difusión: Tendrá como función definir cuales serán los medios de comunicación oficial, mantenerlos, actualizarlos y utilizarlo siempre de manera adecuada para la difusión de eventos, reuniones, y demás información necesaria tendiente a velar, conservar y defender los intereses comunes de la Co.Na.P.E.A.

· En Cada una de las Direcciones se Designara un Director Responsable, quien organizara y coordinara las actividades de las mismas y notificara al presidente lo acontecido en caso de que éste se encuentre ausente en las reuniones de las mismas.

Estatuto con modificación realizadas el día 4 de noviembre de 2010 en la segunda reunión anual de la CONAPEA realizada en la Ciudad de Córdoba.

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