Estatuto Actual - mod. nov 2010
ESTATUTO COMISION NACIONAL PERMANENTE DE ESTUDIANTES DE AGRIMENSURA (Co.Na.P.E.A)
CO.NA.P.E.A : Comisión Nacional Permanente de Estudiantes de Agrimensura
Preámbulo: Los estudiantes de agrimensura de las universidades del país de común acuerdo declaran constituida la CO.NA.P.E.A, órgano institucional que albergara a todos los estudiantes de Agrimensura reuniéndose por voluntad propia con el objetivo de bregar por la jerarquización de la carrera, promover políticas, planes, programas y proyectos de integración entre las universidades que conforman esta comisión.
Capitulo I: Objetivos
Artículo 1: Ellos son:
a- Establecer y estrechar vínculos de colaboración, en la búsqueda de un canal de participación que posibilite el desarrollo progresivo y sostenido de todos sus miembros.
b- Fomentar la formación de agrupaciones, comisiones o centros de estudiantes de Agrimensura que sirvan de nexo para canalizar las inquietudes del estudiantado ante la CO.NA.P.E.A.
c- Colaborar en la realización de los planes de estudio tendiendo a la unificación de los mismos a nivel nacional y adaptado a las necesidades regionales.
d- Servir de canal natural de interrelación entre las distintas universidades.
e- Ser órgano asesor consultivo de la Federación Universitaria Argentina (FUA) y federaciones regionales.
f- Ser órgano asesor consultivo de la Federación Argentina de Agrimensores (F.A.D.A.).
g- Promover la capacitación a través de intercambios estudiantiles de información y de experiencias que permitan el enriquecimiento de sus miembros.
h- Conectarse con universidades y entidades afines a la Agrimensura en América Latina aportando a la problemática regional y a la solución del problema común, como así también con Universidades de distintos países para comparar programas de estudio, planes, curriculas e incumbencias y cualquier otro aporte que beneficie al desarrollo de la agrimensura en la Argentina.
Capitulo II: Estructura Orgánica
Artículo 2: Son organismos de la CO.NA.P.E.A:
a- Asamblea Ordinaria
b- Comisión Directiva
Capitulo III: Asamblea Ordinaria
Articulo 3: Atribuciones
a- Regula, convoca y fiscaliza la memoria y balance de lo actuado por la Comisión Directiva.
b- Los delegados presentes de cada universidad aprueban o desaprueban sobre lo expuesto por la Comisión Directiva.
c- Se elegirá Presidente, Director de la Comisión de Incumbencias, Director de la comisión de Asuntos académicos, Director de la Comisión de Prensa y Difusión de la Co.Na.P.E.A una Vez Finalizada la sesión de la Asamblea Ordinaria.
Articulo 4: Funciones
a- Sesionara una vez al año conjuntamente con F.A.D.A o en ocasión de algún evento relacionada con la agrimensura.
b- El presente estatuto podrá ser reformado por un quórum del 50 % de las Universidades integrantes de la CO.NA.P.E.A.
c- El quórum necesario para que sesione la asamblea será del 25% de los representantes de cada una de las Universidades integrantes de la CO.NA.P.E.A.
d- Elección de autoridades:
· Cada Cargo será elegido de manera individual y por simple mayoría
· Presidente: Cada Universidad por intermedio de sus Delegado tiene derecho a postularse o postular a alguno de los presentes para desempeñar esa función.
· Director de Comisión: Se elegirá de igual forma que el Presidente, una vez elegido este.
· Tanto El Presidente como los Directores de Comisión, podrán ser reelegidos.
·
Capitulo IV: Comisión Directiva.
Articulo 5: Constitución.
a- La Comisión Directiva quedara integrada por:
· Presidente
· Director de Comisión de Asuntos Académicos
· Director de incumbencias y Asuntos Gremiales
· Director de Prensa y Difusión
b- Cada Universidad contara con tres Delegados Titulares y tres Delegados Suplentes que poseen voz.
c- Las Universidades podrán designar más de un delegado por comisión y se reservan el derecho de no asignar delegados a las tres Comisiones.
d- En caso de que alguno de los Delegados Titulares perdieran su condición de Alumno Regular, Se Recibiera o Renunciara a sus funciones, será reemplazado por el suplente según corresponda, previa notificación a la Comisión Directiva.
e- La Comisión Directiva Estará coordinada por el Presidente de la Co.Na.P.E.A. Y en caso de ausencia del mismo, los directores de comisión acordaran quien de ellos lo reemplazará en sus funciones, debiendo notificar al Presidente lo acontecido en su ausencia.
Articulo 6: Atribuciones
a- Velar por el cumplimiento del presente estatuto.
b- Disponer la creación y coordinación de grupos de trabajo, siendo estos el conjunto de estudiantes de una o más Universidades trabajando sobre un tema o tarea especifica.
c- Servir de canal de interrelación entre las distintas Universidades del País.
d- Arbitrar los medios necesarios para evitar que se utilice a la CO.NA.P.E.A para fines distintos a los ya establecidos en el presente estatuto.
e- Servir de nexo con los Consejos y colegios Profesionales de cada región a través de sus respectivos delegados.
Articulo 7: Funciones
a- Coordinar y controlar el accionar de los grupos de trabajo.
b- Las decisiones adoptadas se consideraran por simple mayoría de los delegados presentes.
c- Las reuniones de Comisión Directiva son de carácter público y sus resoluciones serán publicadas en forma inmediata.
d- Las reuniones de Comisión Directiva se realizaran conjuntamente con las reuniones de FADA o en ocasión de realizarse un evento relacionado con la Agrimensura.
Capitulo IV
Artículo 8: Presidencia, Direcciones
· Presidente: Es el Representante oficial de la Co.Na.P.E.A, tiene voz y voto de desempate. Mantiene la Comunicación directa con las tres Comisiones y participa junto al Director de Comisión en la coordinación y organización de las reuniones de las mismas.
· Comisión de Asuntos Académicos y de Capacitación: Atenderá propuestas de mejoras educativas, comparación de planes de estudios, análisis de estado de cada facultad, problemas de cátedras, etc. También se encargara de la coordinación y planificación de jornadas, eventos, congresos, cursos, charlas, etc.
· Comisión de Incumbencias y Asuntos Gremiales: Se encargara de atender las cuestiones relacionadas con las incumbencias, coordinando con FADA y los Colegio locales actividades en conjunto que tiendan a defender los intereses en común.
· Comisión de Prensa y Difusión: Tendrá como función definir cuales serán los medios de comunicación oficial, mantenerlos, actualizarlos y utilizarlo siempre de manera adecuada para la difusión de eventos, reuniones, y demás información necesaria tendiente a velar, conservar y defender los intereses comunes de la Co.Na.P.E.A.
· En Cada una de las Direcciones se Designara un Director Responsable, quien organizara y coordinara las actividades de las mismas y notificara al presidente lo acontecido en caso de que éste se encuentre ausente en las reuniones de las mismas.
Estatuto con modificación realizadas el día 4 de noviembre de 2010 en la segunda reunión anual de la CONAPEA realizada en la Ciudad de Córdoba.
Exelente!
ResponderEliminarIsaias -UNSE FCEyT-